Conexión Climática en Cultural Press Podcast con Miguel Ángel Pérez – EP6
En una decisión histórica, sin precedentes, el Comité de Derechos Humanos de la ONU declaró que los países no pueden deportar a las personas que enfrentan condiciones inducidas por el cambio climático y que violan el derecho a la vida.
Un hombre migrante, de nombre Ioane Teitiota y originario de Kiribati, pidió asilo en Nueva Zelanda porque en su país el cambio climático ha sumergido partes del territorio y ha afectado profundamente la economía. Nueva Zelanda se lo negó y deportó a Ioane. Ante esto, él reportó el caso a un organismo de derechos humanos de la ONU, argumentando que, en su país de origen, Kiribati, el cambio climático ha creado condiciones graves que atentan contra sus derechos.

El Comité de la ONU ha respondido a la queja de Ioane Teitiota y determinó que los tribunales de Nueva Zelanda no violaron su derecho a la vida en el momento de los hechos, porque la evaluación exhaustiva y cuidadosa de su testimonio y otra información disponible condujo a la determinación de que, a pesar de la seriedad de la situación, en Kiribati se habían adoptado medidas de protección suficientes.
“El riesgo de que un país entero termine sumergido bajo el agua es tan extremo, que las condiciones de vida en esa nación pueden volverse incompatibles con el derecho a la vida y la dignidad incluso antes de que ocurra”
Expertos de la ONU
Sin embargo, «este fallo establece nuevos estándares que podrían facilitar el éxito de futuras solicitudes de asilo relacionadas con el cambio climático», según dijo el experto del Comité de la ONU Yuval Shany.
En el fallo también se le hace un llamado a la comunidad internacional para que comprenda su responsabilidad de ayudar a los países afectados negativamente por el cambio climático.

Los expertos de la ONU aseguraron que “el riesgo de que un país entero termine sumergido bajo el agua es tan extremo, que las condiciones de vida en esa nación pueden volverse incompatibles con el derecho a la vida y la dignidad incluso antes de que ocurra”.
Este fallo de la ONU se convierte en la primera decisión, de un organismo de tratados de derechos humanos, sobre una queja de un individuo que busca protección de asilo contra los efectos del cambio climático. Esta decisión abre el camino a las solicitudes de asilo a nivel mundial debido a esta situación.
«Los países no pueden deportar a las personas que enfrentan condiciones inducidas por el cambio climático y que violan el derecho a la vida».
Declaración del comité de derechos humanos de la onu